este Tribunal Primero de Ejecución de conformidad con el contenido del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA dicha sentencia, en los siguientes términos:
Los penados ANGEL LUIS HERNANDEZ MANEIRO Y JOSE ANGEL HENRIQUEZ TRUJILLO ya identificado fue condenado a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN y los mismos están detenidos desde el 03-06-10 fecha desde la cual se encuentran detenidos por esta causa, es por lo que hasta la fecha de hoy 30 de junio de 2011, los penados tienen cumplida una pena física de UN (1) AÑO Y VEINTISIETE (27) DIAS, faltándole a los penados cumplir de la pena impuesta SEIS (6) AÑOS CINCO (05) MESES Y TRES (03) DIAS pena que finalizara el 03 de DICIEMBRE del año 2.017.
De igual manera los penados antes referidos, quedarán sujetos a cumplir las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, a saber, inhabilitación política mientras dura la condena y sujeción a vigilancia de autoridad por.....