este Tribunal Primero de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA REVOCATORIA O SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD, solicitada por la Defensa a favor de del acusado ENDRI GABRIEL VALLEJO FUENTES suficientemente identificado en las actas procesales; con fundamento en los artículos 253, 264, 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal.