este Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, estando facultado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal de conformidad, para la revisión incluso de oficio de las medidas cautelares impuestas al procesado de autos; de acuerdo con lo dispuesto en el ordinal primero del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los artículos 243 y 244 primer aparte del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA EL CESE DE LAS MEDIDAS DE COERCIÓN PERSONAL impuestas en fecha 12-10-2007, al ciudadano CARLOS ALBERTO MALAVE, venezolano, mayor de edad, de 24 años de edad, titular de las Cédula de Identidad N° 15.268.204, previa solicitud de la defensora pública abogada Susana Boada; en la presente causa que se le sigue por el delito de Posesión de Sustancia Estupefaciente y Psicotrópica, previsto en el artículo 3.....