Con base en las anteriores explicaciones, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y Bancario, actuando transitoriamente como Corte Superior en materia de Protección del Niño y del Adolescente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Jacinto Romero, inscrito en el Inpreabogado con el número: 75.105, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ARMANDO BÁRCENAS, titular de la cédula de identidad número: 9.454.384; contra la sentencia interlocutoria dictada por la Sala de Juicio del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 15 de abril de 2008, mediante la cual declaró extinguido el juicio de divorcio que sigue su representado contra la ciudadana DAYSI NORIEGA, titular de la cédula de identidad número: 12.290.854.