En virtud de los motivos de hecho y de derecho antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, BANCARIO, AGRARIO Y MARITIMO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACION a la transacción realizado, en el procedimiento mediante el cual se ventiló la pretensión de PARTICIÒN Y LIQUIDACIÒN DE COMUNIDAD DE GANANCIALES, interpuesta por la ciudadana MAYGLETTE TERCRI MARCANO SEPULVEDA, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº V- 10.539.641, representada judicialmente por los profesionales del derecho ALBERTO JOSÈ TERIÙS FIGUERA y MANUEL ALFREDO COVA RONDON, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 12.545 y 143.587 respectivamente, carácter que se desprende del Poder Apud Acta otorgado en fecha 15 de Febrero de 2024, contra el ciudadano MARCOS JOSÈ GONZALEZ.....