Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio Del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, vista la solicitud del recurrente a que se DECRETE MEDIDA PREVENTIVA de suspensión de los efectos de la Providencia Administrativa No. 163-2011, de fecha 25 de julio de 2011 hasta tanto sea resuelto definitivamente el presente recurso, le señala que una vez que se reciba la resulta de la apelación realizada por la parte recurrente, con motivo a la negativa de la medida cautelar solicitada DE SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS de la Providencia Administrativa N° No 163-2011 de fecha 25-07-2011, correspondiente al expediente Nº 021-2011-01-00248, dictada por la Inspectoría del Trabajo de Cumana-Estado Sucre, se pronunciara al respecto, en garantía de la seguridad jurídica, debido proceso y derecho a la defensa que abrigan a las partes. Y ASI SE ESTABLECE
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZA TITULAR
ANTONIETA COVIELLO MARCANO.