Este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Acuerda:
PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN del Ministerio Público, y en consecuencia SE ORDENA EL ENJUICIAMIENTO del ciudadano "OMISIS"y "OMISIS", por presumirlos incursos en la comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES GRAVES y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO Y MUNICIONES, tipificado en los artículos 415 y 277, todos del Código Penal Venezolano, y en relación con el artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos en perjuicio de MARIA ELENA BRITO DE RIVERA y de LA COLECTIVIDAD, todo conforme a lo establecido en el artículo 578 Literal "A" en relación con el artículo 579 Literal "A", ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente
SEGUNDO: SE ORDENA EL ENJUICIAMIENTO del ciudadano "OMISIS" y "OMISIS", conforme a lo es.....