Este Tribunal Primero de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre; se pronuncia en los siguientes términos: El día 25-12-09, el imputado xxxxxxxxxxxxxx, fue individualizado ante el Tribunal de Control. Este Tribunal considera que en el presente caso ha transcurrido más de seis (06) meses desde el inicio de la investigación, sin que se haya formulado el correspondiente acto conclusivo, por lo que se considera, que debe establecerse un plazo prudencial de TREINTA (30) DÍAS continuos para que concluya la investigación, por lo que se acoge la solicitud de la defensa, a la cual no ha hecho oposición el Ministerio Público, motivado a que ha transcurrido tiempo suficiente para que la representación fiscal haya procedido a presentar el acto correspondiente. Igualmente declara con lugar la expedición de las copias simples a las partes y la remisión inmediata de los presentes recaudos a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, pa.....