Acuerda librar oficio a la Registradora Principal del Estado Sucre, a los fines de que informe a este Tribunal, si cursa por ante ese registro la partida de nacimiento del ciudadano Luis Manuel Viña Rodríguez, y en caso afirmativo remitir copia certificada de la misma, para proveer sobre la solicitud de la defensa, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 534 y 535 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.