Este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumana, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en el artículo 479 y 493 del Código Orgánico Procesal Penal, declara que no ha lugar considerar cumplida la condena y por consecuencia, extinta la responsabilidad penal del ciudadano FREDDY RAFAEL CARVAJAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.498.974, residenciado en la Carretera Cumaná-Cumanacoa, Sector Munegro, al lado del balneario Don Luís, Municipio Sucre, del Estado Sucre, impuesta por el Tribunal Unipersonal Tercero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante sentencia que lo condenó por la comisión de los delitos de DEGRADACION DE SUELOS, TOPOGRAFIAS Y PAISAJES Y ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES O ECOSISTEMAS NATURALES, previstos y sancionados en los artículos 43, 58 y 26 d.....