Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente demanda de FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, incoado por la ciudadana: KARINA DEL VALLE RONDON GUEVARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.761.315, domiciliada en la Calle Monagas, casa S/N, Municipio Bolívar del estado Sucre, contra el ciudadano: LUIS DANIEL MARQUEZ CABRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V- 15.741.640, domiciliado en el Sector Pinto Salinas, Municipio Bolívar del estado Sucre.
No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese en la página web y déjese copia.
Dada, firma.....