Este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en contra del adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxx; por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GENÉRICAS, previsto en el articulo 413 del Código Penal, perjuicio de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx; de conformidad con el artículo 582 literal "C" y "F" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistente en presentaciones cada ocho (08) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre y la prohibición de acercarse o tener contacto con la víctima o sus familiares, por si mismo o por medio de terceros. Se otorga la libertad del imputado de autos desde la Sala de audiencias, dejándose constancia que se retira en buenas condiciones físicas. La.....