Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Benítez y Libertador, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda, intentada por el ciudadano MARIO JOSÉ HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, ampliamente identificado ut supra, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio EDUARDO JOSÉ GARCÍA GUERRA, titular de la cédula de identidad Nº 6.952.131 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 95.945, en contra del ciudadano HECTOR URBANO HERNÁNDEZ M., igualmente identificado en el encabezamiento de la presente sentencia, en consecuencia se le condena a pagar las siguientes cantidades de dinero: La cantidad de Dos mil trescientos bolívares (Bs. 2.300,00), por concepto de daños materiales causados al vehículo propiedad del demandante, marca Concord, modelo 150 TA, año 2007, tipo moto, color Wright red/sil.....