DISPOSITIVO
Por lo antes expuesto este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS SUCRE, ANZOÁTEGUI Y NUEVA ESPARTA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE CUMANÁ, MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO SUCRE, Administrando justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DESIDE:
PRIMERO: DESISTIDA la APELACIÓN, interpuesta en fecha 30/08/2019, por el profesional del derecho RAFAEL ÁNGEL PINTO FIGUERA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 25.755, actuando como apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ DE JESÚS ROJAS GARCÍA y RAMONA ALEJANDRINA GARCÍA DE ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.: V-9.812.088 y V-1.980.880, respectivamente contra el auto interlocutorio de fecha veintisiete (27) de agosto de dos mil diecinueve (2019), dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, que declaró INADMISIBLE la presente Acción de Amp.....