Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la : La Cesación de la medida de libertad asistida y reglas de conducta impuesta a "OMISSIS", por la comisión del delito de: Robo Agravado, tipificado en el artículo 458 del Código Penal, en agravio de los ciudadanos Yaurimar García Subero, Pedro José García Perez, Emperatriz Rodríguez Hernández, y Porte Ilícito De Arma De Fuego Y Municiones, en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con lo establecido en los artículos 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la protección de niños, niñas y adolescentes. Notifiquese a las partes. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución
La Secretaria
Abg. Marisandra Cañizares
Abg. Onelia Díaz