Teniendo esta acta de conciliatoria carácter de documento público y no siendo contraria a derecho, ni violatoria de normas de orden público, que al contrario beneficia a los niños antes mencionados, por cuanto mantienen una decisión entre las partes de proceder a cumplir con la obligación legal y natural de los Progenitores. En consecuencia este Juzgado del Municipio Cajigal del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando, justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Convenimiento suscrito entre los Ciudadanos: yeselis del Valle Ortega Farfán y Yorvis Jesús Vásquez López, Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Números V- 16.843.485 y 13.924.061, domiciliados la Primera, en Bohordal parroquia Libertador Municipio Cajigal Estado Sucre, y el Segundo en Bohordal casa S/N vía principal, Municipio Cajigal el Estado Sucre; Da carácter de Cosa Juzgada, y ordena el archivo de.....