Por lo antes expuesto, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en uso de las atribuciones conferidas en los articulos 646 y 647 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y el Adolescentes: ACUERDA: Decreta la medida de privación de libertad del sancionado OMISSIS, identificado en el texto de la presente acta, por el lapso de tres meses, la cual deberá cumplir en la comandancia de policia de esta ciudad desde el dia d e hoy, hasta el dia 28-02-2006, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 628 parágrafo segundo literal C de la Ley Orgánica para Protección del Niño y del Adolescentes.