STE TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 numeral 6 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la acusación fiscal en contra del ciudadano ROMUALDO RAFAEL GUTIÉRREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-5.708.328, de 55 años de edad, soltero, de oficio agricultor, residenciado en Barbacoa Abajo, Carretera Vieja Cumaná-Puerto La Cruz, Municipio Raúl Leoni Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con el 407 ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano LEONARDO GUTIÉRREZ (Occiso); y en consecuencia, dicta auto de apertura a juicio oral y público, en el que se debatirá sobre los hechos explanados en la acusación fiscal admitida que son los si.....