este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL para el imputado: JOSE RODRIGUEZ BAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nª 10460165, domiciliado en la urbanización San jose Edificio Canchunchu, piso 02, apartamento Nª 11, cumaná Estado Sucre, por el delito ESTAFA, previsto y sancionado en el ultimo aparte del artículo 464 del Código Penal en perjuicio del DORIS EUMIDA ASTUDILLO ESPIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nª 11381490, domiciliada en la urbanización Rómulo Gallego cascajal vereda 07, casa Nª 66, Cumaná Estado Sucre, de conformidad con el Ordinal 3° del artículo 318 y el ordinal 8º del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el ordinal 5º del artículo 108 del Código Penal