Es por todas las razones anteriormente expuestas, que este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley y la Constitución, declara: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el accionado ciudadano ELIAS KASABJI titular de la cédula de identidad Nº. V-18.933.696, a través de su apoderado judicial el abogado en ejercicio JORGE KASSABJI CHELHOD, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº. 75.029, en su carácter de parte demandada, contra de la Sentencia dicta por el Juzgado Primero de primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, de fecha 31 de Mayo de 2.007; CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLIVARES, incoara la JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO BND, integr.....