es por lo que este tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, en Aras de una justa, Clara y Transparente Justicia, Niega, el Beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, al penado, ORLANDO JOSE VILLARROEL RUIZ, en virtud de que dicho penado no esta apto para reinsertarse a la sociedad, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario y Así se Decide