REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION

Carúpano, 29 de Octubre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2004-000178
ASUNTO: RP11-P-2004-000178

AUTO NEGANDO BENEFICIO
Visto Oficio N°-UTASP-5-737-2005 de fecha 28 Octubre de 2005, emanado de la unidad técnica de apoyo al sistema penitenciario, correspondiente al penado ORLANDO JOSE VILLARROEL RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.215.569, nacido en fecha 09-08-72, domiciliado en calle los 45, Guiria, Municipio Valdez, Estado Sucre, causa N° RL11-P-2004-000178, arrojando como resultado desfavorable a la medida solicitada de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, dado que los resultados obtenidos de la evaluación realizada al penado indico, que es desfavorable, ya que no cuenta con los recursos internos y externos necesarios, para ajustarse al perfil del beneficio solicitado. El penado presenta actitud acritico ante el delito, para el es algo muy natural, reviste peligrosidad social y es un posible reincidente, presenta bajo nivel de tolerancia a las frustraciones, con alteración del área social. Ahora bien, del estudio y revisión de la presente causa esta juzgadora para decir observa que el penado ORLANDO JOSE VILLARROEL RUIZ, no reúne los requisitos exigidos por la ley para darle el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena; es por lo que este tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, en Aras de una justa, Clara y Transparente Justicia, Niega, el Beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, al penado, ORLANDO JOSE VILLARROEL RUIZ, en virtud de que dicho penado no esta apto para reinsertarse a la sociedad, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario y Así se Decide. Librese Boleta de traslado para el día 31-10-05 a las 09:00am, a los fines de imponer la presente decisión y Notifíquese al fiscal y a la defensa
La Juez Primero de Ejecución
La Secretaria
Abg. INES GOMEZ
Abg. WENDY VALERIO