PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: CON LUGAR LA DEMANDA por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA interpuesta por la ciudadana GLENDA FABIOLA JAIMES GRANADOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.587.759, domiciliada en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, asistida por el ABG. PILAR ANTONIO RINCON SANCHEZ, titular de la cédula de identidad No.V-5.026.827, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.59.120, de este domicilio.
En consecuencia, queda reconocido el documento privado presentado cursante al folio 17 y su vuelto.