Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Ejecución de Primera Instancia, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 471, 472 y 474, del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 26 de Agosto de 2015, por el Tribunal Primero de Juicio, mediante la cual se condenó a LUIS RAMON MARTINEZ SALAZAR, venezolano, natural de Carúpano Estado Sucre, titular de la cedula de identidad Nº 18.591.363 nacido el 28/09/1984, de profesión u oficio agricultor hijo de Pedro Martínez y Maritza Salazar, y domiciliado en el Sector Campo Ajuro detrás del Estadio de Río Casanay del Municipio Andrés Mata, del Estado Sucre, a cumplir la Pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por considerarlo culpable en la com.....