Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRES MATA DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A efectuada por los ciudadanos, URSULO VIRGILIO RODRIGUEZ y LUISA EDIGIA CONTRERA venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-5.897.962 y V-5.754.388, respectivamente, domiciliados en la calle San Francisco, s/n, de la población de San José de Areocuar, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre. EN CONSECUENCIA: Se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, por virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha 08 de Agosto de de 1.975, por ante la Prefectura de La Parroquia Libertad, Municipio Cajigal del Estado Sucre. Notifíquese lo conducente al Registrador Municipal del Municipio Caji.....