En consecuencia sobre las argumentaciones antes señaladas supra; y por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Unipersonal Primero de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Condena al ciudadano Delwin Manuel Reyes, venezolano, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.894.403, nacido en fecha 25-11-1983, soltero, de oficio Funcionario Policial, hijo de Petra Del Valle Reyes y Agapito Osuna, y residenciado en la Calle Independencia, Sector La Canal, Casa N° 7, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, a cumplir la Pena de Cuatro (04) años de prisión, por la comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en la Modalidad de Ocultamiento, previsto y sancionado en el artículo 31 en su tercer y último aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo .....