Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por el abogado REINALDO VASQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 15.478, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 17-04-06 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en consecuencia se declara concluida la incidencia de tacha al no haber sido formalizada oportunamente por la parte demandada.
Queda de esta manera CONFIRMADA la sentencia interlocutoria apelada.Se deja expresa constancia que la presente decisión ha sido dictada dentro de su lapso legal.
Publíquese, inclus.....