Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada SANDRA KASSIS HADID, actuando con el carácter de defensora pública penal de los penados DENNY JOSÉ LUGO SERRANO y DANNY RAFAEL FARIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 17.956.176 e indocumentado, respectivamente, contra decisión dictada por el Tribunal Segundo de Ejecución del Estado Sucre, extensión Carúpano, en fecha 17 de junio de 2005, mediante la cual negó la solicitud de imponer a sus defendidos del auto de ejecución de sentencia, no pronunciarse sobre el régimen de presentación impuesto a sus defendidos, ni sobre la obtención de los requisitos para ver si procede la suspensión condicional de la ejecución de la pena. .....