Ley HOMOLOGA el Convenimiento suscrito entre los Ciudadanos: MARYURI MARIA HERRERA MARCANO y LORENZO ANTONIO LOPEZ LUGO , ambos Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cédulas: V.-15.089.086 y V.-14.579.560, respectivamente y Domiciliados la primera: en Calle Padilla casa S/N, de Yaguaraparo del Municipio Cajigal del Estado Sucre, y el Segundo en Calle Sucre Casa S/N, Yaguaraparo Municipio Cajigal del Estado Sucre, : de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; da carácter de Cosa Juzgada y ordena el archivo del expediente y su remisión al archivo Judicial.- Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.-
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Cajigal, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Yaguaraparo, a los Veintinueve (29) días del mes de Septiembre de 2004.- Años: 194° de la Independencia y 145° de la Federación.-