En atención a los fundamentos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la apelación contra la decisión del tribunal A Quo, sobre las cuestiones previas contenidas en los ordinales 2° y 6° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, ya que las mismas son inapelables, en consecuencia, parcialmente NULO el auto de fecha 17 de Mayo de 2022, dictado por el Tribunal de la causa mediante el cual oye la apelación en ambos efectos.-
SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación contra la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sobre la cuestión previa contenida en e.....