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Decisiones del dia 29/07/2010

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 16.296 N° Sentencia : JUL-229-10 Fecha: 29/07/2010
Procedimiento:
Daños Y Perjuicios Derivados De Accid. De Transito
Partes:
LUIS ENRÍQUE GARCÍA VS JORGE ELIECER CEDEÑO Y OTROS
Resumen:
En este estado este Tribunal para decidir lo hace en fundamento a las siguientes consideraciones: En el presente caso se observa que por decisión interlocutoria de fecha 28 de Abril del 2.010, este Juzgado procedió a designar Defensor Judicial de la Empresa Garante SEGUROS NUEVO MUNDO C.A, a la ciudadana abogada CARMEN GUERRA SÁNCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.363, quien fue debidamente notificada en fecha 30 de Abril del 2.010 y juramentada en fecha 04 de Mayo del mismo año, sin embargo tal y como se evidencia de los folios 223 del presente expediente, la Defensora designada no compareció a dar contestación a la Cita en Garantía ni promovió pruebas. En este sentido, La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, ha señalado, que la designación de un Defensor Ad Litem se hace con el objeto de que el demandado que no pueda ser citado personalmente, sea emplazado y de este modo se forme la relación jurídica procesal que permita el desarrollo de un .....
Juez/Ponente:
Susana García de Malave
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
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N° Expediente : 15.739 N° Sentencia : JUL-228-10 Fecha: 29/07/2010
Procedimiento:
Retracto Legal
Partes:
OSWALDO GARCÍA VS JOSÉ GONZALO RAMOS Y JORGE HERNÁNDEZ
Resumen:
En este mismo sentido tenemos que el artículo 43 eiusdem dispone:. << El retracto legal arrendaticio es el derecho que tiene el arrendatario de subrogarse, en las mismas condiciones estipuladas en el instrumento traslativo de la propiedad, en el lugar de quien adquiere el inmueble arrendado por cualquier acto que comporte la transmisión del derecho de propiedad. Para ejercer este derecho, el arrendatario debe cumplir con las condiciones establecidas en el artículo anterior.>> Sobre el artículo trascrito tenemos que si el propietario del inmueble arrendado vende a un tercero y esa venta implica de alguna forma violación del derecho del arrendatario a adquirir el inmueble, surgirá para el arrendatario el llamado Derecho de Retracto Legal Arrendaticio, el cual consiste en la facultad del arrendatario de subrogarse al tercero que haya adquirido el inmueble vendido y sobre el cual tenía el Derecho Preferente. Así las cosas tenemos que conforme al artículo 44 de la m.....
Juez/Ponente:
Susana García de Malave
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
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