este Tribunal Mixto de Juicio de la Sección de Adolescentes del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: Primero: Se declara al Adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, titular de la Cédula de Identidad XXXXXXXXXXXX, de XXXXXXXXXXXde edad, natural de Cumaná, nacido el día XXXXXXXXXXXXX, hijo de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, estudiante, soltero, residenciado en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX; POR MAYORIA, ABSUELTO, en la presente causa seguida por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código penal en perjuicio de Germán JOSÉ VILLAFRANCA GUERRA Y ELIVICT DEL CARMEN MATA URBANEJA. Segundo: Dada la naturaleza de la presente decisión, se deja sin efecto cualquier medida de coerción personal que pudiera pesar sobre el adolescente de autos; todo con fundamento en las previsiones de los Artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de conf.....