Este Tribunal Tercero de Sustanciación. Mediación y Ejecución del Trabajo de conformidad con lo establecido en el articulo 263 al 266 del Código de Procedimiento Civil en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Homologa el presente desistimiento y declara por terminado el presente procedimiento intentado contra PESQUERA GRAN ROQUE S.A, continuando el procedimiento con respecto a los demás co-demandados. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
La Jueza,
Abg. Adriana Gutiérrez