este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACIÓN a la transacción celebrada por los ciudadanos VICTOR RAMOS, FELIX RAMOS y WILLIAMS RAMOS, titulares de las cédulas de identidad Nos: V-27.287.338, V-27.847.843 y V-11.006.040 respectivamente, por ante la Defensoría Publica, en fecha 07 de Junio de 2.017. Así se decide.