Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, conforme a lo previsto en los artículos 242 Numeral 3º y 250 del Código Orgánico Procesal Penal, al acusado YOHAN LEONARDO ALCALA CARRERA, consistente en presentaciones cada treinta (30) días hasta que el Tribunal de Ejecución ejecute la presente sentencia y decida lo conducente, en virtud del quantum de la pena impuesta.- SEGUNDO: CONDENA al acusado YOHAN LEONARDO ALCALA CARRERA, venezolano, natural de Carúpano Estado Sucre, de 23 años de edad, nacido en 10/06/1993, titular de la cédula de identidad numero V.- 25.995.323, de profesión u oficio obrero, de esta civil soltero, hijo de Yohan Antonio Alcala Ramos y Judith del Carmen García Carrera, y residenciado en la Cuarta Calle del Lirio, casa S/N, cerca del Negocio Inversiones Pedrito, municipio Bermúdez, Estado Sucre, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE .....