este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de la Fiscal Primera del Ministerio Publico, y considerando este Despacho que concurren los extremos exigidos en el artículo 250 numerales 1°, 2° y 3°, del artículo 251 numerales 2°, 3° y Parágrafo Primero, todos del Código Orgánico Procesal Penal para la procedencia de la Privación Judicial Preventiva de Libertad, se DECRETA LA APREHENSIÓN del ciudadano SRANKLIN ALEJANDRO GONZALEZ SANTAELLA, de nacionalidad venezolana, natural de Cumaná, Estado Sucre, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad N° 20.992.065, nacido en fecha 23/12/1991, hijo de Gustavo González y Beisy Santaella, residenciado en el Barrio el Peñón, primera entrada La Pradera del Estado Sucre; por estar presuntamente incurso en la comisió.....