En consecuencia este Juzgado del Municipio Cajigal del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, considerando que la presente conciliación cubre la exigencias del Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, administrando, justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el Convenimiento suscrito entre los Ciudadanos: Teresa del Jesús Marcano González, venezolana, mayor de edad, ama de casa, titular de la cédula de identidad número: V.- 13. 808.767, y domiciliada Quebrada de la Niña, sector la Plaza, casa S/n, Municipio Cajigal del Estado Sucre y Robert del Jesús Pastrano Ramírez, venezolano, mayor de edad, albañil, titular de la cedula de identidad N° V- 14.311.115 y domiciliado en Quebrada de la Niña, sector la Guardia, Casa S/n Municipio Cajigal del Estado Sucre, y el; Da carácter de Cosa Juzgada, y ordena el archivo del expediente y su remisión al Archivo Judicial.-
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