Le acuerda Medida Cautelar Sustitutiva consistente en la presentación cada Ocho (8) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial, por el lapso de: Seis (6) meses a partir de la presente fecha, en contra del imputado: FELIX DANIEL MARCHAN CORDERO, venezolano, mayor de edad, natural de Cumanacoa, Estado Sucre, de 53 años de edad, residenciado en la Urbanización Bebedero, Vereda 15 casa N°-22, Cumaná. Todo de conformidad a lo previsto en el artículo 256 ordinal 3° y 313 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese oficio anexa Boleta de Libertad al Ciudadano comandante de Policía de esta Ciudad y oficio a la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito. Remítase las presentes actuaciones en el lapso correspondiente a la Fiscalía del Ministerio Público. Las partes quedaron notificadas de la presente decisión en la audiencia oral celebrada el día: 28-06-05 conforme a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Pena.....