En virtud de todo lo antes expuesto, éste Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano ROMMEL ANTONIO HAJJAR KOURY, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V.9.973.281, domiciliado en la ciudad de Cumaná, Municipio Sucre, del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de CONTRABANDO DE EXTRACCIÓN, previsto y sancionado en el artículo 22 de la Ley Sobre el Delito de Contrabando, vigente para la época en que ocurrieron los hechos, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, en virtud que el hecho objeto del proceso no se realizó o no puede atribuírsele al imputado, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en r.....