Este Tribunal Primero de Control emite el siguiente pronunciamiento: Presentado como ha sido la acusación fiscal, por parte de la Fiscal Segundo del Ministerio Público, oído lo manifestado por la víctima, y lo manifestado por el imputado, así como los alegatos expuestos por la defensa, y de conformidad con el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, decreta: PRIMERO: Se Admite Totalmente la ACUSACIÓN FISCAL presentada por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, en contra del imputado ARQUIMEDES JOSÉ GARCÍA GARCÍA, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES EN GRADO DE COOPERACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 406 en relación con el artículo 83 ambos del Código Penal vigente, con la agravante del art. 77 numeral 11 del Código Penal, en perjuicio del occiso LUIS ANTONIO HURTADO, normas penales descritas en el Código Pe.....