DISPOSITIVA
Este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara así Constituida LA CAUCIÓN ECONOMICA, de conformidad con lo establecido en el artículo 244 del COPP, a favor del imputado JOSE CARLOS MARCANO MARTINEZ, venezolano, natural de Carúpano estado sucre, de 22 años de edad, titular de la cedula Nº V- 18.213.270, nacido 04/06/1993, hijo de Norma Martínez y José Marcano, residenciado en Playa Grande, Hato Román I, Manzana H, Casa Nº 03, Telf. 0294-5143293, Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numerales 3 y 5 del Código Penal, en perjuicio de ANA FRANCIS BRITO ALVAREZ y el delito de AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 del Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, consistente en: 1.- Presentaciones periódicas cada QUINCE (15) días por el lapso de ocho (.....