Por todo lo antes expuesto, es por lo que este Juzgado de Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de DESALOJO, incoada por la ciudadana ANDREA ELOINA RODRÍGUEZ, titular de la cedula de identidad N° 4.300.190 asistida de los abogados Marco Antonio Dettín Cabrera y Marilyn Aimara Dettin Cabrera, inscritos en el Inpreabogado bajo los N°. 93.463 y 119.936 respectivamente, contra el ciudadano RUDITH ALEXANDER MARTÍNEZ SALAZAR, asistido del abogado Luís Felipe Leal Totesaut, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.555 ambas partes identificados en autos.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada ciudadano Rudith Alexander Martínez Salazar, a desocupar el inmueble, constituido por un apartamento, ubicado la Urbanización "Augusto Malavé Villalba", Bloque 7, Primer piso, N° 06-01, Carúpano, .....