este Juzgado Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE LA ACUSACIÓN PRIVADA presentada por el ciudadano EULISES MANUEL GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° 3.733.380, en contra en contra de la ciudadana YURIBIS DEL VALLE RAMOS, por la presunta comisión del delito de DIFAMACIÓN AGRAVADA, previsto en el artículo 442 del Código Penal, Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 400, 401, 405 y 407 del Código Orgánico Procesal Penal.