acuerda Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con el artículo 256 ordinal 3ero del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo el imputado HEDINSON FRANCISCO CASTILLO VILLARROEL, Venezolano, soltero, mayor de edad, nacido en fecha 08-09-1987 de 19 años de edad, titular de Cédula de Identidad Nº V-18.591.653, de Oficio Albañil, natural de Carúpano Estado Sucre, hijo de Mirian Castillo y Pedro Flores, domiciliado en la quinta Calle, El Lirio casa S/N, Municipio Bermúdez del Estado Sucre cumplir con un régimen de presentaciones cada Treinta (30) días por un lapso de seis (6) meses, contados a partir de la presente fecha, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal Extensión Carúpano.