Por las razones anteriormente expuestas y en merito de lo verificado ut supra, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Sucre, Anzoátegui y Nueva Esparta con sede en la ciudad de Cumaná, Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir sobre La Regulación de Competencia solicitada por el abogado Lerio Rodríguez Vásquez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 3.825.256, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nro.: 13.784, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada Asociación Civil de Pescadores denominada "COSTA DE PARIA", inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F.), bajo el N° J-81189974-D, e inscrita en el Registro Público del Municipio Arismendi del Estado Sucre, Río Caribe, bajo el N° 9 de la serie, Folio 32 su vuelto al 35, Protocolo Primero, To.....