ALEIDA DEL CARMEN PRESILLA VS ALCALDIA DEL MUNICIPIO MEJIAS DEL ESTADO SUCRE. Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Tribunal se declaró PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente querella funcionarial; SEGUNDO: Se REPONE, la presente querella al estado de admisión; TERCERO: INADMISIBLE, la Querella Funcionarial, interpuesta por la ciudadana Aleida Del Carmen Presilla, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Nº 9.276.028, asistida `por la abogada Gabriela Patiño, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 74.299, contra la Alcaldía del Municipio Mejias del estado Sucre.