En este sentido, La ciudadana Juez en virtud de la manifestación libre, espontánea y conciente expresada por las partes y por cuanto dichos acuerdos garantizan una armoniosa resolución de la controversia a que se refieren los procesos y tienden a reestablecer el equilibrio jurídico de las partes, no teniendo otra actuación que realizar con motivo de la presente causa, le imparte la homologación respectiva declarando Terminado el Procedimiento y, ordenará el archivo un vez conste en autos la entrega de los cheque por la Oficina de Control de Consignación de este Circuito laboral; líbrese oficio. Cúmplase. Se levanta la presente acta la cual es suscrita por la Juez, el Secretario y las partes asistentes.
La Jueza
Abog. CAROLINA CHAKIAN M.