En atención a los fundamentos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE, la apelación interpuesta por el Abogado Gualberto Santiago Ríos Vallejo, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.136.963, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 6.746, contra la sentencia interlocutoria dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 16 de Junio de 2022.
SEGUNDO: NULOS, los autos de fecha 28 de junio de 2022 y 13 de Julio de 2022, dictados por el Tribunal A Quo.
Se confirma la sentencia recurrida pero con motivación fundamentada y ampliada.-
No hay condenatoria en costas.
Insért.....