Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Cuarto del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano WILFREDO ENRIQUE FIGUERA BASTARDO, Venezolano, Natural de Maturín Estado Monagas, de 31 años de edad, nacido el 28/08/1984, oficio colector, cedula de identidad Nº 18.127.209, residenciado en la urbanización el nazareno, calle 01 casa Nº 11, a una cuadra de la parada de los 40 por la comisión del delito de ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el art. 455 del Código Penal, en perjuicio de YAMIRELY DEL VALLE VIÑOLES JOSÉ ANGEL, por los hechos ocurridos en fecha 27/08/2015, A CUMPLIR LA PENA DE CUATRO (04) AÑOS, DE PRISION; mas las penas accesorias de Ley, de conformidad con lo establecido en el Articulo 375 del Código Orgánico procesal penal. Así mismo se revisa y sustituye la Medida Privativa de Libertad que pesa sobre el imputa.....