Por todo lo expuesto, este Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la presente causa seguida contra los Jóvenes Adultos OMISSIS 1 y OMISSIS 2; a quienes el Ministerio Público les inició averiguación signada con el Nº 192C-DPIF-F06-0191-2010, por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, como lo es LESIONES PERSONALES GRAVES, tipificado en el artículo 415 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de los ciudadanos PEDRO JOSÉ VILLARROEL VARGAS, de veintidós (22) años de edad, DOUGLAS JOSÉ VILLARROEL VARGAS, de treinta (30) años de edad, y FRANCISCO JOSÉ VILLARROEL VARGAS, de veintinueve (29) años de edad; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 561, Literal "D", 615 ambos de la Ley Orgánica para la Protección de.....